Servicios
En el marco de sus actividades de administración y manejo del Fondo para el Desarrollo Cinematográfico (FDC) y el Fondo Fílmico Colombia, Proimágenes Colombia tiene a su cargo funciones relacionadas con la ejecución de los recursos provenientes de dichos fondos, especialmente a nivel contratactual y operacional.Estos procesos no están relacionados con la prestación de servicios a la ciudadanía, sino con llevar a cabo procesos de contratación con los beneficiarios de estímulos del FDC y con los productores cuyos proyectos son aceptados para recibir la contraprestación del FFC, atender inquietudes, requerimientos y gestionar todas las revisiones propias de la gestión contractual.
Trámites
En el marco de las actividades relativas a la administración y el manejo del Fondo para el Desarrollo Cinematográfico (FDC) y el Fondo Fílmico Colombia (FFC), para interés de la ciudadanía, los trámites correspondientes están especificados y explicados de manera detallada en la convocatoria del FDC disponible en el sitio web www.convocatoriafdc.com y en el manual de asignación de recursos aprobado por el Comité Promoción Fílmica Colombia publicado en el sitio web www.locationcolombia.com.Procedimientos de Decisiones
En virtud del artículo 12 de la Ley 814 de 2003, la dirección sobre el Fondo para el Desarrollo Cinematográfico está a cargo del Consejo Nacional de las Artes y la Cultura en Cinematografía (CNACC).Por su parte, el artículo 6° de la Ley 1556 de 2012, establece que el Comité Promoción Fílmica Colombia (CPFC) es el órgano directivo del Fondo Fílmico Colombia (FFC).
La toma de decisiones sobre las solicitudes recibidas por Proimágenes Colombia en relación con los contratos reguladores de estímulos del FDC está a cargo del Comité de Proyectos de Beneficiarios, conformado por el director, el director de programas FDC y formación, el director administrativo y financiero, el director jurídico y el subdirector de operaciones. En caso de considerarlo necesario este comité puede invitar a la Directora de Cinematografía del Ministerio de Cultura y al representante de los productores o quien se considere pertinente. Este se reúne cada vez que se requiera y sesiona con mínimo (3) tres de los miembros que lo integran. El Comité tiene en cuenta los lineamientos especificados por parte del Comité Operativo del contrato 2713 de 2015 suscrito con el Ministerio de Cultura y por el CNACC, dejando constancia de sus decisiones mediante un acta de la sesión.
En cuanto a sus decisiones internas, Proimágenes cuenta con un Comité Directivo, conformado por los directores y el subdirector de operaciones de cada una de las direcciones que la integran y así, son estos de la dirección a su cargo.
Proimágenes Colombia está conformado por las siguientes direcciones y subdirecciones:
- Dirección General
- Dirección Jurídica
- Dirección de Planeación y Proyectos
- Dirección de Programas FDC y Formación
- Dirección de Promoción y Comisión Fílmica
- Dirección Administrativa y Financiera
- Subdirección de operaciones
Decisiones y Políticas
Políticas y/o decisiones de impacto público: De conformidad con la ley y sus estatutos, Proimágenes es una corporación civil sin ánimo de lucro regida por el derecho privado, que tiene a su cargo la administración del Fondo para el Desarrollo Cinematográfico (FDC) y el manejo de los recursos del Fondo Fílmico Colombia (FFC). Los órganos encargados por mandato legal de las decisiones sobre estos dos fondos son, respectivamente, el Consejo Nacional de las Artes y la Cultura en Cinematografía (Ley 814 de 2003) y el Comité Promoción Fílmica Colombia (Ley 1556 de 2012). Las decisiones de estos son tomadas en sesiones que constan en actas y acuerdos de carácter público.Por su parte, dentro de sus actividades y en procura del fomento y consolidación de la industria cinematográfica nacional, Proimágenes desarrolla en conjunto con instituciones y agentes de diversa índole, actividades encaminadas a consolidar y fomentar el sector.
Gestión, Evaluación y Auditoría
Informes de gestión y ejecución presupuestal del FDC 2014 y 2015. El informe de 2016 se encuentra hasta Julio 31.Los informes de gestión y ejecución presupuestal para el Fondo Fílmico Colombia (FFC) se elaboran de manera bimestral según lo establecido en el convenio 082 de 2013 suscrito entre el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y el Fondo Mixto de Promoción Cinematográfica - Proimágenes Colombia.
Fondo para el Desarrollo Cinematográfico
Informe Gestión 2014 Informe Gestión 2015 Informe Gestión 2016 Informe Gestión 2017
Informe Gestión 2018 Informe Gestión 2019 Informe Gestión 2020
Fondo Fílmico Colombia
Informe Gestión 2014 Informe Gestión 2015 Informe Gestión 2016 Informe Gestión 2017
Informe Gestión 2018 Informe Gestión 2019 Informe Gestión 2020 Informe Gestión 2021
Presupuesto y Ejecución
Certificados de Inversión Audiovisual en Colombia - CINAPresupuesto y Ejecución CINA (hasta Junio 30/ 2021)
Fondo Fílmico Colombia
Presupuesto y Ejecución FFC 2021 (hasta Julio 31/ 2021)
Presupuesto y Ejecución FFC 2020 (hasta Julio 31/ 2021) Presupuesto y Ejecución FFC 2019 (hasta Julio 31/ 2021)
Presupuesto y Ejecución FFC 2018 Presupuesto y Ejecución FFC 2017 Presupuesto y Ejecución FFC 2016
Presupuesto y Ejecución FFC 2015 Presupuesto y Ejecución FFC 2014 Presupuesto y Ejecución FFC 2013
Fondo para el Desarrollo Cinematográfico
Presupuesto FDC 2021 Ejecución FDC 2021 (hasta marzo 31)
Presupuesto FDC 2020 Ejecución FDC 2020
Presupuesto FDC 2019 Ejecución FDC 2019
Presupuesto FDC 2018 Ejecución FDC 2018
Presupuesto FDC 2017 Ejecución FDC 2017
Presupuesto FDC 2016 Ejecución FDC 2016
Ejecución FDC 2015 Ejecución FDC 2014
Resumen Ejecución Presupuestal FDC 2004 - 2017
Supervisión
En virtud del contrato suscrito entre el Ministerio de Cultura y Proimágenes Colombia, relativo a la administración y el manejo de los recursos provenientes del recaudo de la Cuota para el Desarrollo Cinematográfico creada mediante la ley 814 de 2003, Proimágenes Colombia debe contar con un sistema de auditoría externa sobre la administración del Fondo para el Desarrollo Cinematográfico (FDC), a través de la contratación de una empresa que preste dicho servicio –la cual es seleccionada por el Consejo Nacional de las Artes y la Cultura en Cinematografía (CNACC) –.De igual manera, Proimágenes presenta ante la Contraloría General de la República –como organismo a nivel nacional que tiene a su cargo la función pública de ejercer control y vigilar la gestión fiscal de la administración, así como de aquellos particulares que manejen o intermedien fondos o bienes del Estado–, informes de ejecución presupuestal en diversos cortes y toda la información que dicha entidad requiera. Por la naturaleza jurídica de los recursos administrados, igualmente la Procuraduría General de la Nación puede llevar a cabo requerimientos a la entidad.
La supervisión sobre la ejecución de los recursos provenientes del Fondo Fílmico Colombia se encuentra en cabeza de la Dirección de Análisis Sectorial del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, tratándose de una cuenta especial de dicha cartera pública de conformidad con el artículo 3° de la Ley 1556 de 2012.
Fondo Fílmico Colombia
Informes de Supervisión y Respuestas FFC 2014
Informes de Supervisión y Respuestas FFC 2015
Informes de Supervisión y Respuestas FFC 2016
Informes de Supervisión y Respuestas FFC 2017
Informes de Supervisión y Respuestas FFC 2018
Adquisiciones y Compras
Adquisición de compras y servicios: Proimágenes cuenta con una serie de políticas generales para la adquisición de bienes y/o servicios así:- Establecida la necesidad que se desea satisfacer, y en caso de no ser un bien o servicio ofrecido por los proveedores críticos seleccionados, se debe solicitar cotizaciones o propuestas a proveedores potenciales, dejando definidas las cantidades y características de los bienes o del servicio requeridos, los plazos de respuesta y en general toda la información que sea útil al proveedor.
- Antes de gestionar la solicitud de contratación, se deberá verificar si la persona jurídica o natural seleccionada para efectos de la contratación cumple con los parámetros de formación, experiencia y de calificación requeridos para desempeñar adecuadamente la gestión contratada; igualmente, se verificará la existencia de examen médico preocupacional y la afiliación como independiente en el sistema integral de seguridad social, cuando aplique.
- Toda adquisición de bienes y/o servicios, realización de labores, mantenimiento de equipos y otros, por cuantía igual o superior a doce (12) SMMLV, requerirá la suscripción de un Contrato con todas las formalidades que correspondan a cada tipo de acto jurídico en particular.
- Toda adquisición de bienes y/o servicios, realización de labores, mantenimiento de equipos y otros, por cuantía mayor o igual a seis (6) SMMLV y menor a doce (12) SMMLV, serán acordadas en un Contrato Abreviado, el cual abarcará las particularidades específicas definidas en este procedimiento.
- Toda adquisición de bienes y/o servicios, realización de labores, mantenimiento de equipos y otros, por cuantía menor a seis (6) SMMLV, no requerirá la elaboración de contrato escrito ni contrato abreviado. Será suficiente con la solicitud por medio del GA-FO-28 acuerdo de compra o servicio, la presentación de la correspondiente factura o cuenta de cobro y los documentos que se requieran.
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Para todo Contrato se hará solicitud de por los menos tres (3) cotizaciones o propuestas, y para todo Contrato Abreviado, por lo menos dos (2), de manera que se permita la selección de la mejor de ellas. La selección se hará desde los puntos de vista económico, técnico, de oportunidad, trayectoria, calidad y tiempo de entrega. Se podrá prescindir de la solicitud de cotizaciones o propuestas cuando el Contrato o el Contrato Abreviado deba celebrarse en virtud de específicas calidades artísticas, técnicas, de experiencia o profesionales del oferente, lo cual deberá quedar debidamente explicado en la solicitud de contratación.
Participación del Público
El artículo 2.2.1.38 del título 1, parte II, del Decreto 1080 de 2015, por el cual se reglamenta la composición del Consejo Nacional de las Artes y la Cultura en Cinematografía (CNACC), establece que éste está integrado por los siguientes miembros:- El Ministro de Cultura o su delegado.
- El Director de Cinematografía del Ministerio de Cultura.
- Dos representantes con amplia trayectoria en el sector cinematográfico designados por el Ministro de Cultura.
- Un representante de los Consejos Departamentales y Distritales en Cinematografía.
- Un representante de los Productores de Largometraje.
- Un representante de los Distribuidores.
- Un representante de los Exhibidores.
- Un representante de los Directores.
En ese sentido, el Ministerio de Cultura adelanta una convocatoria pública para la elección de estos de conformidad con los requisitos y condiciones establecidos en el decreto único reglamentario 1080 de 2015. Una vez se llega el momento de la elección de los representantes en mención, el Ministerio de Cultura a través de su página web www.mincultura.gov.co da a conocer el proceso para la postulación de candidatos, elección, inscripción y listas, fecha y hora de la elección, los mecanismos para la correspondiente votación y publicación de resultados, entre otros.
En ese sentido, los ciudadanos pueden participar en la elección de los representantes de los diferentes subsectores que hacen parte del CNACC, a través de este mecanismo de participación ciudadana. De la misma manera pueden postularse para ser elegidos como representantes de un subsector, siempre y cuando cumplan con las condiciones y requisitos establecidos para ello.