Reapertura cines y teatros

Pantalla Colombia No.: 994
agosto 21 - 28 / 2020

Con la resolución 1408 de 2020, el Ministerio de Salud autoriza la realización de actividades de exhibición cinematográfica y presentación de obras de artes escénicas en salas de cine y teatros. El anexo técnico incluye las medidas adicionales de bioseguridad complementarias a la Resolución 666 de 2020.

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El Ministerio de Salud con la resolución 1408 del 14 de agosto de 2020 junto con las carteras de Comercio, Industria y Turismo y Cultura elaboraron un protocolo de bioseguridad especial que debe ser aplicado para las actividades de exhibición cinematográfica y presentación de artes escénicas en Colombia bajo las modalidades de autocines, autoeventos, salas de cine y teatros. Los protocolos y medidas de seguridad de esta resolución son complementarias al protocolo general adoptado en la Resolución 666 de 2020 para mitigar, controlar y realizar el adecuado manejo de la pandemia.
 
Estas medidas serán vigiladas por la secretaría o entidad del municipio o distrito que corresponda al lugar donde se realicen las actividades de exhibición cinematográfica y presentación de obras de artes escénicas bajo cada modalidad. Los protocolos se dividen en medidas generales y específicas para las diferentes modalidades de exhibición/presentación.
 
Dentro de las medidas adicionales para la realización de actividades de exhibición cinematográfica y presentación de obras de artes escénicas en autocines, auto eventos, salas de cine y teatros están:
 
Medidas Locativas: Señalizar áreas y vías de circulación al interior del espacio de la función/exhibición, incluyendo el área de parqueo y los lugares de interacción entre empleados y clientes como zonas de espera, pagos y entrega de boletería o productos para garantizar el distanciamiento físico mínimo de dos metros; establecer un punto de control conformado por un equipo entrenado que, previo al ingreso, verifique el uso de tapabocas, desinfección de manos, condiciones de salud y toma de temperatura; garantizar la disposición de lavamanos con agua potable, dispensador de jabón líquido y toallas desechables para el secado de manos; tener marcas visuales o señalización de las posiciones de trabajo de los empleados para garantizar el distanciamiento de dos metros entre empleados; disponer de casilleros para evitar que la ropa personal del trabajador se ponga en contacto con la ropa de trabajo.
 
Medidas de desinfección y manejo de residuos: Definir el protocolo de desinfección que será aplicado previamente y al finalizar cada función garantizando la limpieza de zonas comunes y mobiliario, con desinfectantes que tengan actividad virucida; realizar labores de aseo, desinfección y limpieza de los residuos de la función anterior, con un tiempo mínimo de una hora entre funciones o representaciones; ubicar contenedores con bolsas para la separación de residuos y usar canecas con tapa y bolsa plástica negra para el desecho de residuos como tapabocas y guantes. Si no se encuentran las canecas para la disposición de estos residuos, el visitante deberá conservarlos y disponerlos en un sitio donde sea permitido y se garanticen las condiciones mínimas de seguridad e higiene.
 
Manipulación de insumos: Asegurar que los proveedores de insumos cumplan con las recomendaciones y protocolos establecidos por el Ministerio de Salud y Protección Social; entregar unidades enteras de producto para evitar el reenvase de estos de forma que no haya contaminación o entregas equivocadas; garantizar el manejo adecuado y disposición de envases de detergentes, jabones, desinfectante, en los lugares determinados y en la cantidad requerida.
 
Venta de boletería: Privilegiar la venta de boletería a través de canales virtuales, estas deben ser validada con un lector que impida el contacto físico. Cuando no se cuente con un canal virtual para la venta, se podrá realizar de manera presencial, adoptando un mecanismo de reservas por vía telefónica y garantizando que en las filas se conserve una distancia de al menos dos metros entre personas.
 
Ingreso a la función/exhibición: Tomar la temperatura a todas las personas que ingresen a las instalaciones, no permitir el ingreso a personas con síntomas sospechosos de COVID-19 o con síntomas de resfriado; los asistentes deben desinfectar sus manos con alcohol glicerinado mínimo al 60%.
 
Durante la función: Procurar que las personas permanezcan en el mismo lugar desde el inicio hasta el final de la función/exhibición y recomendar evitar desplazamientos innecesarios al interior de las instalaciones; no entregar papelería y folletos.
 
Al finalizar la función/exhibición: Garantizar que los asistentes evacuen las instalaciones de forma ordenada, manteniendo la distancia entre personas; en autocines y auto eventos se garantizará también la evacuación ordenada de los vehículos. En todos los casos se realizará la señalización de las vías de circulación y tránsito de los asistentes.
 
Elementos de protección social: Se debe proveer a todo el personal tapabocas, toallas desechables, caretas, solución desinfectante o alcohol para la limpieza y desinfección personal de los dispositivos para la toma de temperatura y lectores; asegurar que la ropa de dotación para los empleados de acuerdo a la normativa vigente, se use solo en el lugar de trabajo y garantizar que se cambien de ropa para entrar y al salir de su lugar de trabajo.
 
Plan de comunicaciones: Informar al momento de la compra y al inicio de cada función/exhibición las normas, protocolos y recomendaciones de bioseguridad aplicables durante la visita; capacitar a los trabajadores sobre las nuevas medidas y procedimientos que se implementarán para las funciones/exhibiciones.
 
Medidas particulares para salas de cine y teatros: Se deben dejar dos sillas vacías entre cada asistente y entre cada fila ocupada se debe dejar una fila vacía, en ningún caso la disposición podrá ser tal que supere el 50% del aforo máximo de la sala; al ingreso de las salas debe haber un módulo de desinfección o lavamanos con jabón, alcohol y toallas desechables; las puertas y ventanas deben permanecer abiertas para permitir la ventilación natural y no se podrán ingerir alimentos dentro de las salas de cine o teatros.
 
Medidas particulares para autocines y auto-eventos: Los autocines y auto-eventos deberán contar con al menos una entrada principal y varios carriles de desplazamiento para la circulación vehicular, el lugar de parqueo tendrá espacios de 2.5 metros hacia cada lado respecto de cada vehículo contiguo y 5 metros respecto de los vehículos que se encuentren en frente y detrás de la ubicación de cada vehículo; los asistentes que desciendan del vehículo deberán usar tapabocas y cumplir con todos los protocolos de bioseguridad para ingresar al inmueble con el distanciamiento físico al interior de los baños; solo se permitirá el ingreso de 4 personas por vehículo; los responsables de la función/exhibición asignarán plazas de parqueo para automóviles y otra para camionetas con el fin de evitar obstaculizar la visualización; no se podrán abrir las ventanas del vehículo para interactuar con otras personas, una vez empiece la función/exhibición el motor y las luces deberán estar apagadas para no interferir en la proyección o presentación; los empleados deberán portar elementos reflectivos en su dotación, de tal manera que los conductores de los vehículos los puedan visualizar; los asistentes podrán llevar sus propios alimentos o en caso de hacer uso del servicio de confitería se hará únicamente al momento de la compra de la boletería y no se podrán bajar del vehículo.
 
La Resolución 1408 completa se puede ver AQUÍ.

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