Productores internacionales ya pueden beneficiarse con la Ley 1556
Pantalla Colombia No.: 602febrero 08 - 15 / 2013
Ya se encuentra disponible la reglamentación de la nueva ley que estimulará la producción audiovisual en Colombia y expandirá sus servicios técnicos y creativos, promocionando el territorio nacional como escenario para la producción cinematográfica mundial a través del Fondo Fílmico Colombia (FFC).
La ley 1556, sancionada por el gobierno a mediados de 2012, le apuesta a la creación del Fondo Fílmico Colombia –FFC-, un instrumento que invita al mundo a rodar en Colombia, promovido por el Ministerio de Cultura, PROIMAGENES Colombia y el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. Así no sólo se promueve al país como un alto potencial para la producción cinematográfica, también se incentiva la actividad turística y la promoción de la imagen del país así como el desarrollo de la industria cinematográfica colombiana y la exportación de servicios audiovisuales al mundo. Así, el FFC opera bajo la forma de contraprestación que supone un desembolso de dinero, cuando el productor de un proyecto fílmico lleva a cabo actividades de rodaje, producción o de animaciones en el país.
Pueden postularse proyectos cinematográficos de largometraje (70 o más minutos de duración) o cortometraje (menos de 70 minutos) de cualquier género, animaciones, así como proyectos de telefilm delimitados como una producción unitaria para emisión en TV hasta en dos capítulos, naturalmente con exclusión de trabajos publicitarios o institucionales. Para efectuar el proceso, en primera instancia se deberá enviar una solicitud al Comité de Promoción Fílmica Colombiana –CPFC- por intermedio de la entidad administradora designada o con la postulación del proyecto en español, en cualquier momento del año. En el caso de los proyectos extranjeros, éstos deberán contratar una empresa de servicios cinematográficos colombiana. Las empresas colombianas que deseen inscribirse en el registro de sociedades de servicios cinematográficos pueden hacerlo en la Dirección de Cinematografía del Ministerio de Cultura.
Además del pago de las contraprestaciones generadas en los contratos celebrados con los productores cinematográficos, los recursos del FFC se destinarán a otros beneficios como al pago de costos administrativos según el contrato o convenio que se celebre y en la inversión en actividades de promoción de Colombia como lugar de filmación. El Comité de Promoción Fílmica Colombiana (CPFC) es el órgano directivo del Fondo Fílmico, y tiene a su cargo aprobar el manual de asignación de recursos y el manual de contratación por el cual deberá seguirse la entidad administradora del FFC. También es el organismo que prueba el presupuesto de gastos de la administración y control, así como los proyectos de filmación en Colombia y la celebración de los contratos correspondientes entre el administrador y el productor cinematográfico, y los proyectos para la promoción del territorio nacional para el desarrollo de actividades cinematográficas y lugar de filmación y decidir sobre su ejecución.
Puede consultar la totalidad del Manual de Asignaciones de la ley AQUÍ